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A partir del 1 de septiembre, las empresas que pongan trabajadores a disposición de un tercero para la realización de servicios y obras especializadas contratadas, que no estén de alta en el registro de prestadores correspondiente podrán ser sujetas a multas de hasta 4.3 millones de pesos, informó el consultor empresarial, Javier Zepeda Orozco. 

Precisó que de cada 10 empresas que inician su inscripción en dicho registro, solo una recibe la autorización mientras que tres de cada 10 concluyen el trámite ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS). 

Explicó que las nueve empresas restantes que no son autorizadas es debido a tres causales relacionadas a las opiniones de cumplimiento negativas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por presentar documentos no legibles o por pretender registrar un servicio que no está dentro del objeto social de la persona moral o de las actividades preponderantes de la persona física. 

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